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Definiciones en Materia de Auditoría

A

Acta de Entrega:

Es el instrumento administrativo mediante el cual el servidor público que se separa de su empleo, cargo o función, deja constancia del estado en que se encuentran los asuntos, bienes y recursos asignados y en resguardo de la limitación de responsabilidades del servidor público que recibe como del que hace entrega.

Acta Fiscal:

Es el documento escrito mediante el cual los funcionarios recogen en forma circunstancia, los hechos y omisiones observadas o surgidas durante el desarrollo de una actuación.

Actividad de Control:

Son los métodos, políticas y procedimientos establecidos y ejecutados para el manejo y minimización de los riesgos, así como para lograr los objetivos institucionales.

Acto Administrativo:

Es la decisión general o especial de la autoridad en ejercicio de sus funciones, que afecta derechos, deberes e intereses de particulares o de entidades públicas.

Arqueo de Caja Chica:

Es un conteo sorpresivo que se realiza en un momento determinado tanto del efectivo como de las facturas y/o recibos originales existentes en el fondo objeto del arqueo, debiendo ser la sumatoria de los mismos coincidente con el monto asignado al fondo fijo de caja chica.

Auditoría:

Es un proceso posterior, objetivo y sistemático, que se realiza a fin de verificar la realización o cumplimiento de una actividad, programa o proyecto, de acuerdo a lo planificado y conforme a las normativas legales y sub-legales, el mismo debe ser ejecutado por personal calificado debidamente acreditado.

Auditoría de Cumplimiento:

Consiste en el examen objetivo, sistemático y profesional de un órgano, ente o dependencia, para evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales, sub-legales y técnicas aplicables en la materia que se especifique en el alcance, con el fin de formular las respectivas observaciones.

Auditoría de Estado:

Es el examen objetivo, sistemático, profesional y posterior de las operaciones financieras, administrativas y técnicas practicado por 1) La Contraloría General de la República, 2) Las Contralorías de los Estados, Distritos, Distritos Metropolitanos, Municipios, Territorios y Dependencias Federales, 3) La Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional, 4) Las unidades de auditoría interna de los órganos y entes a que se refieren los numerales 1 al 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, 5) La Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, 6) Los auditores y firmas de auditores, certificados por la Contraloría General de la República, que ofrezcan o presten sus servicios profesionales en materia de control a los sujetos a que se refiere el parágrafo único del artículo 43 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, a los órganos y entes del sector público.

Auditoría de Gestión:

Corresponde al examen objetivo, sistemático y profesional de un sector, órgano, ente, dependencia, programa o proceso, para evaluar la eficiencia, eficacia, economía, calidad e impacto de su desempeño y determinar el cumplimiento de su misión, de sus objetivos y metas.

Auditoría de Proyectos:

Es el examen objetivo, sistemático, profesional y técnico a un proyecto específico, realizado para satisfacer un bien o servicio, dentro de los principios de eficacia, eficiencia, economía y legalidad de su cumplimiento.

Auditoría de Sistemas:

Es el examen objetivo, sistemático y profesional de un órgano, ente, dependencia, programa o actividad, realizado para evaluar la utilización y eficacia de los controles, sistemas, procedimientos de informática, los equipos de cómputo, así como la seguridad y confiablidad de la información que se procesa.

Auditoría Financiera:

Es el examen objetivo, sistemático y profesional de un órgano, ente, dependencia, programa o actividad para evaluar los registros, comprobantes y otras evidencias que comprueben las operaciones contables y la razonabilidad de los informes financieros, así como para verificar las medidas establecidas por las autoridades competentes para la preservación y salvaguarda del patrimonio público.

Auditoría Interna:

Es un servicio de examen posterior, objetivo, sistemático y profesional de las actividades administrativas y financieras de cada ente u órgano, realizado con el fin de evaluarlas, verificarlas y elaborar el informe contentivo de las observaciones, conclusiones, recomendaciones y el correspondiente dictamen. Dicho servicio se prestará por una unidad especializada de auditoría interna de cada ente u órgano, cuyo personal, funciones y actividades deben estar desvincula das de las operaciones sujetas a su control.

Auditoría Operativa:

Es el examen objetivo, sistemático y profesional de un órgano, ente, dependencia, programa, proyecto, actividad u operación realizado para evaluar la eficacia, eficiencia, economía y legalidad de sus operaciones.

C

Calificación:

Es la declaración mediante el cual el órgano de control fiscal que realizó el examen de la cuenta la considera conforme u objetada.

Capacitación:

Son todas aquellas actividades que se realizan en una institución para mejorar la actitud, los conocimientos, las habilidades y las conductas del personal en términos generales o según su objeto de estudio, mediante la capacitación se le proporciona al trabajador las habilidades y conocimientos que lo hagan más apto en la ejecución de sus funciones.

Causa:

Se define como el origen de la posible situación, condición o hecho relevante.

Cédula de Detalle:

Es el documento que contiene la desagregación de los componentes del rubro, cuenta u operaciones evaluadas que debe elaborarse por cada componente de la muestra indicando en la referenciación su relación con la respectiva cédula sumaria, pese a que en algunas circunstancias es conveniente mostrar en un solo documento informaciones relacionadas entre sí.

Cédula de Hallazgo:

Es el instrumento donde se describen los hechos u observaciones derivados de la auditoría, siguiendo la siguiente estructura: condición, criterio, causa y efecto.

Cédula de Trabajo:

Es el documento en el cual el auditor recoge datos relacionados con la actividad objeto de la auditoría y los resultados de sus análisis, evaluación o revisión.

Certificación de Cargos:

Es el documento emitido por la autoridad competente, mediante el cual indica la relación de los cargos desempeñados por un servidor público en un órgano o ente del Estado.

Certificación de Documentos:

Es el acto por medio del cual se da fe que el documento emitido es copia fiel y exacta de su original o de una copia certificada.

Certificado:

Es un documento escrito formal empleado para constatar un evento institucionalmente oficiado.

Certificado de Auditores Internos y Auditoras Internas:

Es el certificado de inscripción en el Registro Público establecido por la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, para Auditores y Auditoras Internas de la Administración Pública Nacional, Estadal, y Municipal Central y Descentralizada Funcionalmente, que se otorga a fin de garantizar el fortalecimiento en materia de control y auditoría interna.

Código de Conducta:

Es el instrumento aplicado para normar la conducta de los servidores públicos respecto a los principios éticos y morales que han de regir el ejercicio de las funciones que desempeñan en la administración pública nacional.

Condición:

Es la situación o hecho relevante encontrado en la ejecución de la auditoría.

Confidencialidad:

Es la propiedad de la información, por la que se garantiza que está accesible únicamente a personal autorizado a acceder a dicha información.

Contraloría Social:

Es un ejercicio concreto del poder moral del pueblo y un medio necesario para desarrollar la participación protagónica de la ciudadanía. Sobre la base del principio constitucional de corresponsabilidad, es una función compartida entre los órganos y entes del Poder Público, la ciudadanía y las organizaciones e instancias del Poder Popular, para garantizar que la gestión pública y popular, así como las actividades del sector privado que puedan afectar derechos o intereses colectivos, se realicen de manera transparente, eficaz y eficiente en beneficio de la sociedad, en consonancia con el Plan de la Patria.

Control Fiscal:

Es el conjunto de actividades realizada por instituciones competentes para lograr, mediante sistemas y procedimientos diversos, la regularidad y corrección de la administración del patrimonio.

Control Interno:

Es el conjunto de normas, órganos y procedimientos de control, integrados a los procesos de la administración financiera, así como la auditoria interna y tiene por objeto asegurar el acatamiento de las normas legales, salvaguardar los recursos y bienes que integran el patrimonio público, asegurar la obtención de información administrativa, financiera y operativa útil, confiable y oportuna para la toma de decisiones, promover la eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas propuestas, así como garantizar razonablemente la rendición de cuentas.

Credencial:

Es el documento mediante el cual se designa al funcionario o equipo de trabajo como responsables de la actuación fiscal.

Criterio:

Es la norma legal, sublegal, administrativa y/o técnica, que resulte aplicable al órgano, ente, dependencia, proyecto, proceso, actividad u operación objeto de la auditoría.

Cuestionario de Capacidad Operativa:

Es el instrumento formado por un conjunto de preguntas redactadas en forma coherente, organizadas, y estructurada, aplicado para diagnosticar el estado de la estructura de las unidades de auditoría interna en lo administrativo, financiero, control interno, riesgo y operativo.

Cuestionario de Control Interno:

Es la herramienta de auditoría para indicar al auditor aspectos de la estructura y del sistema de control interno que deben ser considerados en cada área del órgano o ente.

D

Determinación de Responsabilidades:

Es la que declaran los órganos de control fiscal una vez culminado el proceso administrativo previsto en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y su Reglamento, cuando se determina que un servidor público (funcionarios, empleados u obreros) o particulares, que administran, manejen, custodien fondos de bienes públicos, han incurridos en actos, hechos u omisiones contrarios a una norma legal o sublegal, que no sean excusables y que estén tipificados como supuestos generadores de esa responsabilidad.

Documento Electrónico:

Es el documento digitalizado que contiene un dato, diseños o información acerca de un hecho o acto, capaz de causar efectos jurídicos.

E

Economía:

Es la utilización óptima y oportuna de los recursos para generar los productos al menor costo en la cantidad y calidad requerida.

Efecto:

Consiste en la consecuencia de la situación observada o hecho relevante.

Eficacia:

Es el cumplimiento de programas, objetivos y metas en la cantidad y calidad requerida. Expresa la relación entre los resultados alcanzados y los objetivos y metas programadas.

Eficiencia:

Es el aprovechamiento máximo de los recursos y de la capacidad instalada, con un mínimo de desperdicio para generar los productos con la calidad requerida. De igual manera se puede decir que es la relación insumo producto.

Enfoque de Auditoría:

Es la orientación que se le da a la auditoría, estableciendo áreas o componentes del objeto evaluado, de mayor interés o énfasis para el examen.

Ente:

Es toda organización administrativa descentralizada funcionalmente con personalidad jurídica propia; sujeta al control, evaluación y seguimiento de sus actuaciones por parte de sus órganos rectores de adscripción y de las directrices emanadas del órgano al cual compete la planificación central.

Ética del Auditor:

Son los principios y valores que deben guiar la conducta del auditor en el desempeño de sus actividades, considerando la normativa que regula el ejercicio de su profesión.

E

Evaluación del Sistema de Control Interno:

Consiste en conocer el estado del sistema de control interno implementado en los órganos y entes, con el fin de señalar recomendaciones que permitan elevar los niveles de eficiencia, eficacia y economía en la gestión administrativa. De igual manera, verificar el cumplimiento de la obligatoriedad de la máxima autoridad de cada órgano o ente, de establecer y mantener un Sistema de Control Interno, que se corresponda con su naturaleza y estructura, el cual tiene que estar incorporado en los manuales de normas, políticas y procedimientos del organismo.

Evaluación Preliminar del Sistema de Control Interno:

Es el estudio previo que hace el auditor del funcionamiento del sistema de control interno del objeto a evaluar, para determinar su grado de confiabilidad, identificar las áreas críticas y establecer la naturaleza, alcance y extensión de los procedimientos de auditoría a aplicar. La evaluación del sistema de control interno abarcará la existencia de: 1) Sistemas, métodos y procedimientos que aseguren la confiabilidad, integridad, oportunidad y seguridad de la información presupuestaria, financiera, operativa y contable. 2) Planes estratégicos y operativos. 3) Manuales de organización, y de normas y procedimientos. 4) La unidad de auditoría interna.

Evidencia:

Es la información obtenida durante la ejecución de la auditoría en la cual se basa la certeza de la observación o hallazgo. La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información complementaria.

Exactitud:

Es convalidar los datos de todas las operaciones aritméticas y numéricas indicadas en los comprobantes que analizan, tales como cantidades, precios, etc.

Examen de Cuenta:

Consiste en comprobar la legalidad, sinceridad, y exactitud de las operaciones realizadas por los cuentadantes de los órganos y entes a que se refieren los numerales 1 al 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, mediante la revisión y análisis de los documentos correspondientes a la cuenta.

Expediente:

Conjunto de escritos, documentos, constancias y otras pruebas o antecedentes pertenecientes a un procedimiento administrativo.

F

Fenecimiento:

Es el pronunciamiento efectuado por el órgano de control fiscal correspondiente, con motivo de la calificación conforme de las operaciones y de los resultados de la planificación, programación y ejecución vinculados con la cuenta.

Firma Electrónica:

Es la información creada o utilizada por el signatario, asociada al mensaje de datos, que permite atribuirle su autoría bajo el contexto en el cual ha sido empleado.

Formación:

Es la organización de los soportes correspondientes a la cuenta, a los fines de su rendición y examen.

G

Gestión Administrativa:

Es el conjunto de tareas y actividades operativas que permiten optimizar los recursos con los que cuenta una institución.

Gestión Documental:

Son los procesos y recursos necesarios para organizar, almacenar, recuperar documentos y automatizar los flujos de trabajo dentro de una organización, una adecuada gestión documental permite controlar de un modo eficiente y sistemático la creación, la recepción, el mantenimiento, la utilización y la disposición de los documentos.

H

Hallazgo:

Es un acto, hecho u omisión contraria a una disposición legal, sublegal o técnica detectada en una auditoría y surgen en el proceso de comparar lo que debería ser con lo que es.

Hallazgo de Auditoría:

Son los hechos trascendentales encontrados durante una auditoría como consecuencia de la aplicación de los procedimientos correspondientes.

I

Indicador:

Es una referencia numérica generada a partir de una variable, que muestra el desempeño del órgano o dependencia objeto de análisis; y la cual, por comparación periódica con un valor de referencia, interno o externo al ente u organismo, podrá indicar posibles desviaciones acerca de las cuales la administración deberá tomar acciones.

Indicador de Gestión:

Es una herramienta cuantitativa o cualitativa que permite mostrar a manera de indicios y señales aspectos relacionados con la gestión de una intervención pública, tales como la entrega de bienes o servicios a la población.

Informe COSO:

Es un documento que contiene las principales directivas para la implantación, gestión y control de un sistema de control.

Informe de Gestión:

Es un documento que incluye las actuaciones de coordinación, gestión, administración y dirección que se han efectuado durante un periodo de tiempo y que se reportan en periodos trimestrales mediante el Sistema Integrado de Gestión de Auditoría y Control Interno (SIGACI).

Informe Preliminar:

Es la presentación de los resultados que se informarán al órgano o ente evaluado, a fin de que éste verifique las observaciones y hallazgos de la auditoría y formule los alegatos que estime pertinentes, de ser el caso, en el cual se del órgano o ente evaluado formulará los resultados preliminares o presente evidencias vinculadas con ellos, de ser el caso, el órgano de control fiscal deberá valorarlos, previo a la elaboración del informe definitivo.

Inspección:

Es la actuación de control que se ejerce mediante visitas ordinarias o extraordinarias al lugar donde se materializa la acción controlada, a fin de evaluar la sinceridad del obrar de la administración.

Inventario de Bienes Públicos:

Consiste en verificar físicamente, codificar y registrar los bienes públicos con los que cuenta cada órgano o ente a una determinada fecha, con la finalidad de verificar su existencia real, constatar su resultado con el registro que se tenga, resolver las diferencias que pudiesen existir y proceder según las normas y procedimientos establecidos a las regularizaciones y saneamiento que correspondan emanadas de la Superintendencia de Bienes Públicos.

M

Manual:

Es el documento que contiene en forma ordenada y sistemática información y/o instrucciones sobre organización, procedimientos y políticas de una institución.

Manual de Normas y Procedimientos:

Es el documento que describe de manera detallada las funciones y actividades de los procedimientos administrativos en el orden secuencial de su ejecución, y las normas que se deben cumplir y ejecutar los miembros de la organización compartibles con dichos procedimientos.

Manual de Organización:

Es el documento que contiene en forma ordenada y sistemática la información relativa al marco jurídico, organización, funciones y atribuciones de un órgano o ente, constituyéndose en un instrumento de apoyo administrativo, que describe las relaciones orgánicas que se dan entre los elementos de la estructura organizativa.

Mejores Prácticas:

Son un conjunto de principios establecidos para garantizar la buena gestión, la transparencia y rendición oportuna de la cuenta. Las mejores prácticas en auditoría deben garantizar que la auditoría institucional sea adecuada y se realicen bajo los principios de eficiencia, eficacia y economía.

Mensaje de Datos:

Es toda aquella información inteligible en formato electrónico o similar que pueda ser almacenada o intercambiada por cualquier medio; siendo el emisor aquella persona que origina un mensaje de datos por sí mismo, o a través de terceros autorizados.

N

Normas:

Son el marco de referencia mínimo obligatorio para que el sector público prepare los procedimientos y reglamentos específicos del funcionamiento de sus procesos, de acuerdo a su naturaleza.

O

Observaciones:

Son las características generales de hechos o situaciones encontradas en una auditoría y aspectos favorables detectados, de acuerdo a los objetivos de la auditoría.

Órgano:

Son las unidades administrativas de la República, de los estados, de los distritos metropolitanos y de los municipios a los que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos, o cuya actuación tenga carácter regulatorio.

P

Papeles de Trabajo:

Constituyen el respaldo del informe de auditoría, y deberán contener las evidencias de los hallazgos y las observaciones, así como los análisis, comprobantes, verificaciones e interpretaciones que los sustentan y pertenecen al órgano de control fiscal que practique la Auditoría, o al órgano o ente contratante en el caso de los auditores y firmas de auditores contratados.

Participación:

Es el acto mediante el cual, el cuentadante notifica al órgano de control fiscal correspondiente, que la cuenta se encuentra formada y lista para su examen.

Participación Ciudadana:

Es el medio necesario para lograr el protagonismo del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública.

Plan:

Es un documento de planificación pública que establece en forma sistemática y coherente las políticas, objetivos, estrategias y metas deseadas, en función de la visión estratégica, incorporando los proyectos, acciones y recursos que se aplicarán para alcanzar los fines establecidos.

Plan Comunicacional:

Es un documento que recoge las políticas, estrategias, recursos, objetivos y acciones de comunicación, tanto internas como externas, que se propone realizar una organización en un periodo determinado.

Plan de Acciones Correctivas:

Contiene las acciones correctivas con base a las recomendaciones formuladas en el informe definitivo de la actuación para su análisis y correspondiente seguimiento.

Plan de Auditorías:

Es la planificación elaborada por el Órgano de Control Fiscal considerando los planteamientos y solicitudes de la Contraloría General de la República, la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna y demás órganos o entes competentes; las denuncias recibidas; los resultados de la gestión anterior, así como la situación administrativa, áreas de interés estratégico nacional y dimensión de los órganos y entes sometidos a control. Asimismo, dicha planificación deberá considerar los principios de economía, objetividad, oportunidad y relevancia material, teniendo en cuenta que el costo del control no debe superar los beneficios que se esperan de él.

Plan de Trabajo:

Es la formulación que realizan las unidades de auditoría interna, mediante el Sistema Integrado de Gestión de Auditoría y Control Interno (SIGACI), de las auditorías y actividades a iniciar y culminar en un ejercicio económico financiero determinado, previamente aprobado por la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, en cumplimiento de las normas legales y sublegales en materia de auditoría.

Plan Estratégico:

Son aquellos formulados por los órganos y entes del Poder Público y las instancias del Poder Popular, en atención a los objetivos y metas sectoriales e institucionales que le correspondan de conformidad con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

Plan Estratégico Institucional:

Es el instrumento a través del cual cada órgano y ente del Poder Público establece los objetivos, políticas, estrategias, proyectos y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, según las orientaciones y señalamientos de la máxima autoridad jerárquica de la Administración Pública Nacional, Estadal o Municipal; o a los Poderes Legislativo, Judicial, Electoral o Ciudadano al cual corresponda, actuando de conformidad con la ley.

Planificación Estratégica:

Es la consideración de la misión, visión y valores; y será formulada en atención a los objetivos y metas institucionales, con base en un conocimiento del entorno en que el órgano o ente desarrolla sus operaciones.

Potestad Investigativa:

Son las actuaciones realizadas por los órganos de control fiscal a fin de verificar la ocurrencia de actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición legal o sublegal; determinar el monto de los daños causados al patrimonio público, si fuera el caso, así como la procedencia de acciones fiscales.

Procedimientos:

Son los métodos estandarizados para realizar tareas específicas o respectivas, de conformidad con las políticas prescritas, que buscan unificar los procesos.

Procedimientos Administrativos:

Es el conjunto o sucesión de actuaciones, ordenado y orientado a alcanzar un objetivo preestablecido por el ordenamiento jurídico, para la producción de actos resolutorios y para la ejecución de actos declarativos previos.

Programa de Trabajo:

Es la incorporación de manera congruente de las informaciones administrativas y técnicas necesarias para la realización de la auditoría; definirá los elementos a desarrollar de acuerdo con el objetivo general establecido y los procedimientos que deberán aplicarse.

R

Recursos:

Son los ingresos, fondos y bienes públicos que administra, maneja o custodia el cuentadante.

Reformulación del Plan de Trabajo:

Es el proceso que consiste en la oportunidad de reestructurar de forma parcial o total, las auditorías y actividades contenidas en el mismo.

Reglamento Interno:

Es el instrumento de gestión que regula la organización y el funcionamiento integral de la institución. En el mismo se establecen las funciones y responsabilidades de todas las áreas y unidades administrativas que integran la institución, dicho instrumento establece los derechos y deberes de cada uno a fin de garantizar una convivencia acorde a los objetivos institucionales.

Reglamento Orgánico:

Es un documento de gestión institucional de carácter técnico y normativo, que contiene la organización y estructura formal de una institución pública que describe su conformación, es decir, las funciones generales y específicas para su funcionamiento.

Rendición de Cuenta:

Es la obligación que tiene el cuentadante de demostrar formal y materialmente, a través de libros, registros, comprobantes, estados financieros y demás documentos, la corrección de la administración, manejo o custodia de los recursos; así como la presentación de los resultados de la planificación, programación y ejecución vinculados con la cuenta.

Reprogramación del Plan de Trabajo:

Es el proceso que consiste en la oportunidad de reajustar los lapsos de tiempos establecidos en las auditorías y actividades formuladas en el mismo, para garantizar el cumplimiento de lo planificado.

Riesgo de Auditoría:

Es la evaluación de riesgo que debe hacer el auditor para iniciar una auditoría, el cual comprende los riesgos inherentes, de control y de detección a los que podrá enfrentarse en la fase de ejecución de la auditoría, con el fin de prever las acciones que compensen los efectos de aquellos riesgos que efectivamente llegaren a materializarse; determinar cómo se tratarán aquellos hechos cuya probabilidad de ocurrencia sea incierta, pero relevante para la consecución de los objetivos de la auditoría; determinar las áreas críticas; ajustar la muestra de auditoría, el tiempo de su ejecución y definir los procedimientos, métodos y técnicas de auditoría a aplicar.

Riesgo de Control:

Es lo relativo a las desviaciones o deficiencias del sistema de control interno del objeto evaluado que pudieran incidir en los resultados de la auditoría.

Riesgo de Detección:

Se refieren a la probabilidad de que no se aplique o no sean suficientes, los procedimientos de auditoría que permitan detectar los errores o irregularidades significativas.

Riesgo Inherente:

Está vinculado con las características y naturaleza propia del órgano, ente, dependencia, proyecto, proceso, actividad u operación a la que se dirige la auditoría.

S

Seguimiento a la Acción Correctiva:

Consiste en verificar la aplicación del plan de acciones correctivas adoptado por los órganos y entes evaluados, con la finalidad de erradicar las causas de las desviaciones detectadas y minimizar sus efectos.

Servidor Público:

Se define como toda persona investida de funciones públicas, permanentes o transitorias, remuneradas o gratuitas, originadas por elección, nombramiento, designación o contrato otorgado por la autoridad competente, que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servido de los organismos y entidades indicados en el artículo 9 numerales 1 al 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Signatario:

Es la persona titular de una firma electrónica o certificado.

Sistema:

Es el conjunto de elementos que se relacionan entre sí, de modo orgánico y siguiendo reglas determinadas. Dada esta circunstancia, puede referirse a un sistema en muchas áreas de la actividad humana, pero en donde más frecuentemente se utiliza es en el ámbito de la informática. En esta, un sistema se genera a partir de un lenguaje de programación determinado y se pone en ejecución en un ordenador. Otra perspectiva para referirse a un sistema es el ámbito de la ciencia, que presenta un conjunto de conocimientos de modo interrelacionado y coherente consigo mismo. En la actualidad es común utilizar el concepto de sistema para modelar el conocimiento que se tiene de distintas áreas de la experiencia humana.

Sistema de Contabilidad Pública:

Comprende el conjunto de políticas, principios, órganos, normas y procedimientos técnicos de contabilidad que permiten valorar, registrar, procesar y exponer los hechos económico financieros que afecten o puedan llegar a afectar el patrimonio de los entes del sector público sujetos a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

Sistema de Control Interno:

Comprende el conjunto de normas, órganos y procedimientos de control, integrados a los procesos de la administración financiera, así como la auditoria interna y tiene por objeto asegurar el acatamiento de las normas legales, salvaguardar los recursos y bienes que integran el patrimonio público, asegurar la obtención de información administrativa, financiera y operativa útil, confiable y oportuna para la toma de decisiones, promover la eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas propuestas, así como garantizar razonablemente la rendición de cuentas.

Sistema de Crédito Público:

Está integrado por el conjunto de principios, normas y procedimientos que rigen las operaciones de crédito público. El Sistema de Tesorería está integrado por el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que rigen la gestión financiera del Tesoro Nacional y la prestación del Servicio de Tesorería

Sistema Integrado de Gestión de Auditoría y Control Interno (SIGACI):

Es una herramienta tecnológica diseñada para gestionar múltiples procesos desarrollados por los auditores (as) internos(as) de la Administración Pública Nacional relacionados a la materia de Auditoría y Control Interno.

Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas (SIGECOF):

Es una herramienta informática, diseñada para soportar el Sistema de Contabilidad Pública (SCP) y centralizar el procesamiento de la información a través del registro único además en tiempo real de los hechos económicos y financieros derivados de la ejecución del presupuesto.

Sistema Presupuestario:

Está integrado por el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que rigen el proceso presupuestario del sector público.

U

Unidad de Auditoría:

Es un órgano del Sistema Nacional de Control Fiscal, al que le corresponde ejercer control y vigilancia de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como de las operaciones relativas a los mismos, cuya actuación principal se orienta al ejercicio del control posterior en el ámbito interno del órgano o ente del cual forme parte.

Unidad de Auditoría Interna:

Es la encargada de evaluar el sistema de control interno de cada ente u organismo, incluyendo el grado de operatividad y eficacia de los sistemas de administración y de información gerencial, así como del examen de los registros y estados financieros, para determinar su pertinencia, y confiabilidad, así como la evaluación de la eficiencia, eficacia y autonomía en el marco de las operaciones realizadas.

Usuario:

Es la persona que utiliza una computadora o un servicio de red, para cumplir una función u obtener un beneficio, por lo general un usuario, a menudo tiene una cuenta de usuario y se identifica en el sistema por un nombre determinado.

Fuentes:

  • Contraloría General de la República (1998). Cuaderno de Auditoría N° 1. Guía Metodológica para la Auditoría de la Gestión del Control Previo.
  • Reglamento Sobre Concursos Públicos para la Designación de los Contralores Distritales Y Municipales y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.350 de fecha 20 de enero de 2010.
  • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.013 de fecha 23 de septiembre de 2010.
  • Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.154 de fecha 19 de noviembre de 2014.
  • Ley Orgánica de Planificación Pública Popular, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinario Nº 6.148 de fecha 18 de noviembre de 2014.
  • Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (2005), Manual de Control Interno sobre un Modelo Genérico de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada funcionalmente, (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.282 de fecha 28 de septiembre de 2005).
  • Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (2018), Manual de Normas y Procedimientos en materia de Potestad Investigativa.
  • Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (2018), Manual de Normas para la Determinación de la Responsabilidad Administrativa y la Formulación de Reparos.
  • Normas para Regular la Entrega de los Órganos de la Administración Pública y de sus Respectivas Oficinas o Dependencias. (Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 39.229 de fecha 28 de julio de 2009).
  • Normas Generales de Auditoría de Estado. Publicada en la (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.172 de fecha 22 de mayo de 2013).
  • Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (2022), Guía Técnica para la Certificación, formulación del Plan de Trabajo y elaboración de los informes de gestión trimestral de las Unidades de Auditoría Internad ellos Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada funcionalmente en el “Sistema Integrado de Gestión de Auditoría y Control Interno (SIGACI)”, Caracas, Venezuela.
  • Providencia Administrativa N° 037/2019 de fecha 28 de agosto de 2019, sobre “Normas de Control, para el Registro y Certificación de los Auditores Internos y Auditoras Internas del Poder Público Nacional y Descentralizado. (Gaceta Oficial dela República Bolivariana de Venezuela N° 41.826 de fecha 20 de febrero de 2020).
  • https://www.isotools.us/2022/10/12/buenas-practicas-en-la-auditoria-de-control-interno
  • https://ojdt.com.ve/archivos/gacetas/2020-11/41826.pdf